💸 Recibí dinero por error: ¿Estoy obligado a devolverlo?

Sí, hay que devolverlo. No solo es una cuestión ética, sino también una obligación legal prevista en el Código Penal Argentino. El caso Ualá.

5/24/20253 min leer

🔍 El caso Ualá: dólares por error en cuentas de usuarios

Esta semana se conoció un insólito incidente: por un "bug" o error del sistema, algunas cuentas en dólares de Ualá en Argentina recibieron una acreditación inesperada de USD 8.277,60.

Estas cuentas pertenecen a Ualá Bank S.A.U., una entidad financiera autorizada por el Banco Central de la República Argentina. Se gestionan a través de la app móvil Ualá y funcionan como cajas de ahorro en dólares.

Hasta el momento, no hay un comunicado oficial por parte de la empresa que aclare si se trató de un error humano, tecnológico o una combinación de ambos. Tampoco se conoce aún cuántas cuentas se vieron afectadas.

💥 Otro caso: $510 millones transferidos por error en San Luis

Este no fue un hecho aislado en la semana. En la provincia de San Luis, se transfirieron erróneamente $510.236.811 (alrededor de USD 444.000), aparentemente por un funcionario público. Aunque el banco receptor logró recuperar más del 90% del monto, la persona que recibió los fondos gastó parte del dinero en compras y transferencias a familiares.

⚖️ ¿Qué dice la ley argentina?
✅ Apropiarse de dinero recibido por error puede ser delito.

El Código Penal Argentino, en su artículo 172, castiga la defraudación con penas de prisión. Sin embargo, el artículo 175, inciso 2º, contempla una figura atenuada para casos como estos:

“Será reprimido con multa de mil pesos a quince mil pesos:
El que se apropiare una cosa ajena, en cuya tenencia hubiere entrado a consecuencia de un error o de un caso fortuito”.

Este artículo aplica cuando una persona recibe fondos por error sin haber intervenido en la maniobra. Por ejemplo, cuando una entidad bancaria, financiera o bursátil transfiere dinero a la cuenta equivocada.

Si el receptor gasta o transfiere esos fondos sin devolverlos, se configura la apropiación indebida. Aunque se trata de una conducta menos grave que una estafa propiamente dicha, no deja de ser punible.

👤 Mi experiencia personal

Esto me pasó personalmente con una ALyC (Agente de Bolsa) en Argentina. Recibí por error $11.971.027,54. Avisé de inmediato a la empresa y devolví los fondos al día siguiente, previa autorización del Banco Ciudad.

El banco incluso me pidió explicar el origen del dinero por tratarse de una suma superior al umbral de reporte a la AFIP (ARCA).

¿La respuesta de la ALyC? Muchas gracias. No hubo reconocimiento ni compensación de comisiones por operaciones bursátiles pasadas o futuras. Como medida de precaución por la falla en sus controles, cerré la cuenta y me mudé a otra entidad más confiable.

📌 Conclusiones
  • Sí, hay que devolver el dinero recibido por error. No hacerlo puede implicar responsabilidades penales.

  • El tipo penal aplicable es el del artículo 175 inciso 2º del Código Penal, que prevé penas de multa si no hubo mala fe.

  • Actuar con transparencia te protege: informar y devolver el dinero es la forma correcta de proceder, aunque no siempre recibas reconocimiento por ello.

  • Las entidades bancarias, bursátiles y financieras deberían mejorar sus sistemas de prevención y detección de operaciones inusuales.

  • Si el error te causa molestias o gastos, podés reclamar una compensación, aunque eso será materia de otra discusión legal.

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Tu reputación financiera y legal pueden estar en juego.