La corrección normativa en Migraciones Argentina que benefició a millones de inversores extranjeros

Beneficio para ciudadanos de China, India y República Dominicana con residencia en EEUU

Introducción

Un episodio reciente ocurrido en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza derivó en una corrección normativa en materia migratoria que hoy beneficia a millones de ciudadanos extranjeros, en particular de China, India y República Dominicana, interesados en ingresar a la Argentina por motivos de turismo o negocios.

El caso se inició un domingo, cuando un cliente me contactó desde Ezeiza preocupado porque a un inversor extranjero que viajaba con él no se le permitía ingresar al país. El inversor era ciudadano chino, con residencia permanente en los Estados Unidos (Green Card), y había asumido —erróneamente— que dicho estatus migratorio lo eximía de tramitar una visa de turismo para ingresar a la Argentina.

No había sido consultado previamente al viaje. Frente al conflicto ya planteado, expliqué a mi cliente que, conforme a la normativa migratoria argentina vigente en ese momento, la actuación del personal de la Dirección Nacional de Migraciones era jurídicamente correcta, aun cuando el resultado práctico generaba una evidente disfuncionalidad.

La letra de la norma y el criterio de residencia real

Más allá de la literalidad normativa, el caso dejaba planteada una asimetría regulatoria difícil de justificar. En la práctica internacional, suele aplicarse el criterio del domicilio real de residencia cuando una persona posee una nacionalidad y reside permanentemente en otro país, al momento de ingresar a un tercer Estado.

Algo similar ocurre, por ejemplo, con ciudadanos chinos que residen legalmente en la Argentina (con DNI argentino), quienes pueden ingresar a países del Mercosur ampliado sin necesidad de tramitar visa de turismo.

Sin embargo, en este caso, la normativa argentina exigía visado a personas que ya habían superado controles migratorios, financieros y de antecedentes sustancialmente más estrictos en los Estados Unidos.

Una asimetría con impacto directo en inversores

Desde 2025 (Resoluciones DNM 316 y 353), los ciudadanos de China, India y República Dominicana estaban exentos de solicitar visa de turismo o negocios para ingresar a la Argentina si contaban con visa estadounidense B1/B2.
Paradójicamente, esa exención no alcanzaba a quienes poseían residencia permanente en EE.UU. (Green Card).

Desde el punto de vista regulatorio, el resultado era poco razonable:

  • se exigía más a quien ya había sido más exhaustivamente evaluado,

  • se generaban fricciones innecesarias para visitantes de negocios,

  • y se afectaba la previsibilidad jurídica para inversores extranjeros.

La corrección normativa

Tras plantear personalmente y de manera técnica esta asimetría ante autoridades nacionales, cinco días después el Ministro de Relaciones Exteriores de la Argentina agradeció públicamente mi intervención e informó que la normativa había sido efectivamente corregida por la Dirección Nacional de Migraciones.


A partir de esta modificación, el criterio de admisión se extendió a ciudadanos de China, India y República Dominicana con residencia legal en los Estados Unidos, eliminando una distinción carente de lógica regulatoria.

Según lo informado oficialmente, el cambio permite que más de 4 millones de personas puedan hoy ingresar a la Argentina sin necesidad de visado, por motivos de turismo o negocios.

El impacto práctico es inmediato:

  • menores costos administrativos,

  • menos fricciones regulatorias,

  • mayor coherencia del régimen migratorio argentino con estándares internacionales.

Reflexión final

Para quienes trabajamos diariamente con normas e inversiones internacionales, este caso deja una enseñanza clara: no siempre se requieren grandes reformas estructurales. En muchos casos, basta con detectar una inconsistencia concreta y sostener un diálogo técnico y respetuoso con las instituciones.

La calidad institucional también se construye en estos detalles. Cuando el Estado escucha, corrige y actúa, se fortalece la seguridad jurídica, la previsibilidad normativa y la confianza de quienes analizan invertir o hacer negocios en la Argentina.

Post en X del Canciller Argentino agradeciendo a Anibal FalivenePost en X del Canciller Argentino agradeciendo a Anibal Falivene