💸¿Recibiste dinero por error en tu cuenta bancaria (Parte II)? No es un regalo, no lo uses.
El último día hábil bancario del pasado año 2025 llevó una sorpresa a las cajas de ahorro en dólares de algunos usuarios del Banco de la Nación Argentina.


El 30/12 se acreditaron alrededor de USD 250 en mi cuenta (dependiendo de cada usuario, otros recibieron pesos), y el problema fue resuelto durante los feriados bancarios del 31/12 y 01/01, produciéndose la devolución al primer día hábil siguiente.
Este nuevo caso recuerda lo tratado en Mayo de 2025, cuando la fintech Ualá acreditó por error más de USD 8.000 en las cuentas de algunos usuarios, y fue motivo de comentario en este artículo:
En Argentina, recibir una acreditación de dinero que no corresponde —ya sea por un error de una fintech o de un banco tradicional— no es una situación menor ni inocua. En los últimos años vimos casos repetidos: primero en billeteras virtuales, luego en bancos públicos y privados, con un patrón común que conviene tener claro desde el inicio.
El error del banco no convierte ese dinero en propio. No importa si la equivocación fue humana, informática o administrativa, ni si provino de una fintech o de un banco. La ley argentina es consistente: quien recibe dinero por error tiene la obligación de devolverlo.
El punto jurídico relevante no es la recepción del dinero, sino qué hace la persona después. Cuando el receptor advierte que los fondos no le pertenecen y decide usarlos, transferirlos o retenerlos, la conducta puede encuadrar en el artículo 175 inciso 2° del Código Penal, que sanciona la apropiación indebida de bienes recibidos por error.
Ahora bien, como este tipo penal presenta una pena de multa muy leve, alguien maliciosamente asesorado podría disponer del dinero en casos de montos grandes. Te recordamos el texto del inciso:
“Será reprimido con multa de mil pesos a quince mil pesos: El que se apropiare una cosa ajena, en cuya tenencia hubiere entrado a consecuencia de un error o de un caso fortuito”.
La jurisprudencia argentina ha sido clara en este sentido. Los tribunales han sostenido de forma reiterada que el error de la entidad financiera no habilita el enriquecimiento del receptor, y que el gasto del dinero constituye un acto inequívoco de apropiación. En paralelo, en el plano civil, los bancos tienen derecho a reclamar la restitución del pago indebido, con intereses y costas, por aplicación del principio de enriquecimiento sin causa.
Por eso, ante una acreditación sospechosa, la recomendación correcta es simple: no usar el dinero, avisar a la entidad y dejar constancia escrita. Esa conducta neutraliza cualquier riesgo penal o civil. Lo contrario, “esperar a ver qué pasa” o disponer de los fondos, suele terminar mal.
En tiempos donde las transferencias son instantáneas y los errores existen incluso en sistemas regulados, conviene recordarlo: el dinero recibido por error no es una oportunidad, es una obligación de devolver lo que no te pertenece.




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